CONSEJO DE ESCUELA DE PREGRADO


En sesión ordinaria del Consejo de Facultad, realizada el del 11 de julio del presente año, se estableció la constitución del Consejo de Escuela de Pregrado, organismo académico que colaborará con el Director de la Escuela de Pregrado - quien preside - en poner en práctica las políticas de desarrollo de la docencia para alcanzar los grados académicos y títulos profesionales que le corresponden.

Está conformado por:

- Verónica Díaz M., Directora Escuela de Pregrado
- Juan Manuel Uribe M., Jefe de Carrera IRNR
- Erika Kania K., Jefa de Carrera de IAGR
- Carmen Sáenz H., Directora Depto. Agroindustria y Enología
- Jaime Montealegre A., Director Depto. Sanidad Vegetal
- Ricardo Pertuzé C., Director (S) Depto. Producción Agrícola
- Héctor Manterola B., Director Depto. Producción Animal
- Manuel Casanova P., Director Depto. Ingeniería y Suelos
- Marcos Mora G., Director Depto. Economía Agraria
- Luis Morales S., Director Depto. Cs. Ambientales y RNR
- Camila Valladares A., representante estudiantes, Carrera IRNR
- Dámare Araya V., representante estudiantes, Carrera IRNR
- Paula Valdés Q., representante estudiantes, Carrera IAGR
- Matias Morales L., representante estudiantes, Carrera IAGR
- Loreto Cánaves S., Jefa Unidad de Gestión y Apoyo a la Docencia (invitada)
- Claudio Fernández L., Secretario de Estudios (invitado)

El Consejo de Escuela de Pregrado es un organismo académico que colaborará con el Director en poner en práctica las políticas de desarrollo de la docencia para alcanzar los grados académicos y títulos profesionales que le corresponden.

Cumple las siguientes funciones:
a) Resolver las solicitudes fundadas acerca de situaciones excepcionales que afectan a los estudiantes, de acuerdo con las normas reglamentarias vigentes.
b) Proponer al Consejo de Facultad, a través del Director de la Escuela, la creación o modificaciones de los planes de estudios, de los reglamentos y de las normas correspondientes.
c) Proponer al Consejo de Facultad, a través del Director de la Escuela, las medidas administrativas y normas necesarias para la aplicación de los planes de estudios y el adecuado funcionamiento de la Escuela.
d) Evaluar la docencia impartida en la Escuela y velar por su calidad.
e) Proponer al Consejo de Facultad a través del Director de la Escuela o adoptar directamente, según corresponda, las medidas que aseguren el resguardo de los derechos y el cumplimiento de los deberes de los estudiantes, señalados en los reglamentos respectivos.
f) Propiciar medidas que, sin tener el carácter de prestaciones de seguridad social, conduzcan al bienestar y a una mejor calidad de vida de sus estudiantes.


CONSEJO DE ESCUELA DE POSTGRADO

Para cumplir con lo dispuesto por el Reglamento de Facultades (Decreto Universitario Exento Nº906 de 27 de enero de 2009) resta por constituir el Consejo de Escuela de Postgrado, conformado, además de los coordinadores de cada programa, como lo es actualmente, por representantes de los estudiantes.

Integrarán también este Consejo representantes de los estudiantes de la Escuela, en el número establecido por el Consejo de Facultad, de forma que representen no menos de un cuarto ni más de la mitad del total de integrantes académicos señalados en el inciso anterior. Si el resultado del cálculo para determinar el mínimo o máximo de los consejeros estudiantiles no fuere un número entero, se empleará el entero inmediatamente superior. Estos representantes de los estudiantes serán elegidos por sus pares conforme al Reglamento General de Elecciones y Consultas.

Este decanato espera que al mes de enero de 2012 se haya constituido este Consejo, cuyas funciones son similares a las del Consejo de Escuela de Pregrado.